Es un cuadro de origen neurobiológico y hereditario, que se manifiesta como una dificultad específica en la lectura. No es una enfermedad. Es una condición que complica la lectura precisa y fluida durante la automatización del proceso lector.
Es el trastorno del aprendizaje más habitual en la infancia y no desaparece en la adultez. Se puede compensar con tratamiento y distintas herramientas. Su prevalencia está entre el 5 y el 15% de la población. En una clase de 25 alumnos, 2 o 3 tendrán dislexia y cuando no se diagnostica y trata, es la principal causa de fracaso escolar.
Antes de conocerse el origen de la dislexia, a estos niños se los consideraba “inmaduros” en el aprendizaje y generalmente iban a un tratamiento psicológico para aceptar sus limitaciones.
Las personas con dislexia:
En Octubre de 2016 se aprobó la Ley 27.306 que garantiza el derecho a la educación de menores y adultos que presentan DEAs (Dificultades Específicas de Aprendizaje), como la dislexia. El pasado 11 de Abril, esta ley finalmente se reglamentó y fue declarada de interés nacional. Antes de la ley, ya existían resoluciones a nivel provincial.
La reglamentación de esta ley de alcance nacional, garantiza el tratamiento y las adaptaciones escolares. La cobertura quedó oficialmente incluida en el PMO (programa médico obligatorio). La ley establece la inclusión de la detección temprana y el diagnóstico y de las prestaciones necesarias para el abordaje integral e interdisciplinario en el PMO. Esto significa que las evaluaciones diagnósticas y tratamiento profesional para la dislexia deberá ser cubierto en su totalidad por los servicios de salud. En cuanto a las escuelas, deberán cumplir con las adaptaciones curriculares y habrá capacitaciones docentes para lograr la detección precoz. El espíritu de la ley no es reemplazar al profesional de la salud, sino que el docente que ve ciertas señales hable con la familia para que haga una consulta. Esta debe hacerse con un psicopedagogo especializado en aprendizaje, con formación en la corriente neuropsicológica o cognitiva.
Hasta ahora, solo algunas prepagas cubrían un máximo de 30 sesiones anuales totales entre psicopedagogía y psicología (cuando fuera necesario), a través del PMO. Esto ocurría siempre que el paciente presentara certificado de discapacidad. Pero este cuadro no configura una discapacidad, por eso en la mayoría de los casos la única opción era el pago total de los tratamientos. Esto, sumado a que los hospitales no cuentan con servicios suficientes de psicopedagogía, dejaba a muchísimos niños sin acceso al diagnóstico ni al tratamiento.
A partir de la reglamentación, quienes necesiten tratamiento profesional con psicopedagoga, fonoaudióloga o terapia ocupacional, no tendrán límite de sesiones, tampoco necesitarán presentar certificado de discapacidad, como ya dijimos que se les exigía en algunos casos. Con el pedido de evaluación, diagnóstico médico y órdenes de tratamiento, se les deberá brindar la cobertura total de sus evaluaciones y tratamientos.
Se entiende por adaptaciones curriculares (artículo 6° de la ley):
El Poder Ejecutivo designa una autoridad de aplicación de la ley, que debe establecer los mecanismos para detectar las necesidades educativas de quienes presentan DEA. También debe planificar la capacitación docente, coordinar campañas de concientización y elaborar adaptaciones para favorecer el aprendizaje. El Consejo Federal de Educación y El Consejo Federal de Salud tiene que colaborar para que esta ley se cumpla.
El rol de la escuela es clave, porque suele ser el primer ámbito donde esta dificultad se manifiesta. Los especialistas señalan que en la educación todavía hay algunos resabios de cuando se creía que la dislexia era de origen emocional. Por eso es crucial de la formación docente. Además, hay que tener en cuenta que aunque hoy esté completamente probado que el origen es neurobiológico, la falta de diagnóstico, tratamiento y adaptaciones, sí puede tener consecuencias emocionales y psicológicas en la persona.
Esta reglamentación beneficiará a todas los pacientes con DEA y sus familias, especialmente a quienes tienen menores recursos, sin prepaga ni obra social donde seguir un tratamiento. Las prepagas se están actualizando y los hospitales tendrán que adaptarse y tener personal o posibilidades de derivación suficientes para las evaluaciones y tratamientos.
Fuentes:
Por Ximena Beilin
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